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ACUERDO DEL GOBIERNO DE ESPAÑA: SE AMPLÍA LA LEY DE NIETOS HASTA OCTUBRE DE 2025!

¡CONSIGA LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A TRAVÉS DE LA NUEVA LEY DE NIETOS!

SER CUIDADANO ESPAÑOL LE ABRIRÁ LAS PUERTAS A UN MUNDO DE OPORTUNIDADES LABORALES Y PERSONALES EN ESPAÑA Y EN EUROPA

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¡El tiempo apremia y todas las personas que quieran disfrutar de las ventajas que conlleva ser Español, y consecuentemente ciudadano europeo, deben solicitarlo cuanto antes!

JLCA & As.-Lawyers is solely a Spanish Law Firm. Our Senior Partner is registered with the Florida Bar-USA as a Foreign Legal Consultant, and also with the Solicitors Regulation Authority SRA-Law Society in the UK as a Registered Foreign Lawyer.

AGENDE UNA CONSULTA CON UNO DE NUESTROS ABOGADOS PARA VALORAR LA VIABILIDAD DE SU SOLICITUD

O SI LO PREFIERE, PUEDE ENVIARNOS UN MENSAJE PARA QUE LE LLAMEMOS A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE


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(+44) 20 7190 9911

ETAPAS Y RAZONES PARA OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

PUEDEN SOLICITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A TRAVÉS DE ESTA LEY SI...

Nacieron fuera de España de padre/madre, abuelo/abuela, que originariamente hubieran sido españoles. No se requiere probar que emigraron en un periodo concreto ni tampoco afecta al país donde se instalaron.

Nacieron fuera de España de padre/madre, abuelo/abuela, que originariamente hubieran sido españoles y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la Nacionalidad Española.

Son hijos/hijas de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución Española (28/12/1978).

Son hijos/hijas que no pudieron naturalizarse como españoles al ser mayores de edad en el momento en que el padre o madre españoles obtuvieron la Nacionalidad Española de origen por la Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007).

Cualquier hijo de padres/madres españoles que obtuvieron la Nacionalidad Española de origen a través del anterior Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007).

Obtuvieron la Nacionalidad Española por opción al ser hijos/hijas de padres/madres que originariamente hubieran sido españoles (Ley 36/2002).

PASOS PARA OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A TRAVÉS DE LA NUEVA LEY DE NIETOS

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo para solicitar la Nacionalidad Española a través de la nueva Ley de Nietos es de máximo 24 meses a partir del 20 de octubre del 2022, es decir finaliza el 20/10/24.

PRESENTACIÓN DEL EXPEDIENTE

La solicitud se presenta en el Consulado de España al que pertenezca la ciudad de residencia de los interesados en el país correspondiente.

PREPARACIÓN DEL EXPEDIENTE

Es fundamental presentar el expediente perfecto y completo para evitar que les requieran por 30 días para subsanar posibles defectos ya que si ocurre, pueden archivar su expediente y que se frustre su expectativa de ser españoles.

 

REGISTRO DEL EXPEDIENTE

Les ayudamos a conseguir la cita presencial con el consulado correspondiente y les asesoramos para el día en que personalmente tienen que acudir al Consulado Español.

CONCESIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LA NACIONALIDAD

Una vez concedida la Nacionalidad Española, les ayudamos en el proceso de formalización de la nacionalidad, con la inscripción en el Registro Civil y el tramite para obtener el DNI y el correspondiente pasaporte español.

NACIONALIDAD ESPAÑOLA PARA LA FAMILIA

Si ustedes tienen hijos mayores de edad, una vez solicitada la Nacionalidad Española, podemos comenzar el proceso de nacionalización para ellos ya que algunos consulados están permitiendo presentar las solicitudes dependiendo del expediente de los padres sin que se haya resuelto el de ellos por lo que se gana muchísimo tiempo.

VENTAJAS DE OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Se otorga la nacionalidad de origen (como si hubiera nacido en España), es decir, una vez obtenida la ciudadanía, la puede transmitir a sus hijos y nietos.

No precisa residir en España para obtenerla.

La obtención de la nacionalidad no le obliga a pagar impuestos en España (salvo que decida venir a residir a España permanentemente).

La obtención de la Nacionalidad Española no le obliga a renunciar a la suya originaria (son compatibles).

Le concede no sólo la Ciudadanía Española, si no la europea, lo que le permite viajar y trabajar libremente por toda Europa.

El pasaporte español es el tercero más poderoso en el mundo (tras Japón y Singapur), y le permite viajar a más de 190 países sin necesidad de solicitar ningún tipo de visado.

NUESTRO EQUIPO

JLCA & AS es una firma española con más de 25 años de experiencia formada por Abogados Españoles cualificados y experimentados, así como paralegales y personal administrativo profesional y amable, proporcionando un servicio de calidad.

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Estamos preparados para tratar su solicitud de obtención de la Nacionalidad Española por la Nueva Ley de Nietos por teléfono, correo electrónico o videoconferencia, a su elección.

NUESTRAS OFICINAS

Nuestras oficinas propias nos permiten ofrecer una atención personalizada y eficiente para cada uno de nuestros clientes en función de sus circunstancias, cerca de su lugar de residencia.

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Le invitamos a ponerse en contacto con nosotros gratuitamente y sin compromiso para valorar su solicitud de obtención de la Nacionalidad Española a través de la Nueva Ley de Nietos.

SUS ABOGADOS EN ESPAÑA

JLCA & AS.-LAWYERS – FOREIGN LEGAL CONSULTANT OFFICE IN MIAMI

JLCA & As.- Lawyers has established a Foreign Legal Consultant office in Miami; our Senior Partner Mr José-Luis Campillo is certified with the Florida Bar as a Foreign Legal Consultant (FLC# 1052232). This allows our firm to provide services and advice on Spanish Legal matters in Spain– the jurisdiction that JLCA Lawyers is admitted to practice. We do not provide advice or services pertaining to any other legal jurisdiction. We are not American Lawyers, and we do not practice Florida or US Law at all. (link to Chapter 16).

FLORIDA BAR - FOREIGN LEGAL CONSULTANCY
The Rules Regulating The Florida Bar (RRTFB) allows for foreign attorneys to become certified in Florida as Foreign Legal Consultants (FLCs). These FLCs are recognized to provide guidance and services on the laws of the jurisdiction under which they are admitted to practice, but not to allowing services on the laws of the US. This is governed by Chapter 16 of the RRTFB, which are available for reference (link to Chapter 16).

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