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¡El tiempo apremia y todas las personas que quieran disfrutar de las ventajas que conlleva ser Español, y consecuentemente ciudadano europeo, deben solicitarlo cuanto antes!
JLCA & As.-Lawyers es únicamente un despacho de abogados español. Nuestro socio principal está registrado en el Florida Bar-USA como Asesor Jurídico Extranjero, y también en la Solicitors Regulation Authority SRA-Law Society en el Reino Unido como Abogado Extranjero.
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Oficina España (Alicante):
(+34) 966 698 796
Oficina España (Madrid):
(+34) 911 68 04 02
Oficina USA (Miami):
Asesor jurídico extranjero
(+1) 786 870 4921
Oficina Colombia (Bogotá)
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Oficina Reino Unido (Londres):
Abogado extranjero registrado
(+44) 20 7190 9911
ETAPAS Y RAZONES PARA OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
PUEDEN SOLICITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A TRAVÉS DE ESTA LEY SI...
Nacieron fuera de España de padre/madre, abuelo/abuela, que originariamente hubieran sido españoles. No se requiere probar que emigraron en un periodo concreto ni tampoco afecta al país donde se instalaron.
Nacieron fuera de España de padre/madre, abuelo/abuela, que originariamente hubieran sido españoles y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la Nacionalidad Española.
Son hijos/hijas de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución Española (28/12/1978).
Son hijos/hijas que no pudieron naturalizarse como españoles al ser mayores de edad en el momento en que el padre o madre españoles obtuvieron la Nacionalidad Española de origen por la Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007).
Cualquier hijo de padres/madres españoles que obtuvieron la Nacionalidad Española de origen a través del anterior Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007).
Obtuvieron la Nacionalidad Española por opción al ser hijos/hijas de padres/madres que originariamente hubieran sido españoles (Ley 36/2002).
PASOS PARA OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A TRAVÉS DE LA NUEVA LEY DE NIETOS
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo para solicitar la Nacionalidad Española a través de la nueva Ley de Nietos es de máximo 24 meses a partir del 20 de octubre del 2022, es decir finaliza el 20/10/24.
PRESENTACIÓN DEL EXPEDIENTE
La solicitud se presenta en el Consulado de España al que pertenezca la ciudad de residencia de los interesados en el país correspondiente.
PREPARACIÓN DEL EXPEDIENTE
Es fundamental presentar el expediente perfecto y completo para evitar que les requieran por 30 días para subsanar posibles defectos ya que si ocurre, pueden archivar su expediente y que se frustre su expectativa de ser españoles.
REGISTRO DEL EXPEDIENTE
Les ayudamos a conseguir la cita presencial con el consulado correspondiente y les asesoramos para el día en que personalmente tienen que acudir al Consulado Español.
CONCESIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LA NACIONALIDAD
Una vez concedida la Nacionalidad Española, les ayudamos en el proceso de formalización de la nacionalidad, con la inscripción en el Registro Civil y el tramite para obtener el DNI y el correspondiente pasaporte español.
NACIONALIDAD ESPAÑOLA PARA LA FAMILIA
Si ustedes tienen hijos mayores de edad, una vez solicitada la Nacionalidad Española, podemos comenzar el proceso de nacionalización para ellos ya que algunos consulados están permitiendo presentar las solicitudes dependiendo del expediente de los padres sin que se haya resuelto el de ellos por lo que se gana muchísimo tiempo.
VENTAJAS DE OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
Se otorga la nacionalidad de origen (como si hubiera nacido en España), es decir, una vez obtenida la ciudadanía, la puede transmitir a sus hijos y nietos.
No precisa residir en España para obtenerla.
La obtención de la nacionalidad no le obliga a pagar impuestos en España (salvo que decida venir a residir a España permanentemente).
La obtención de la Nacionalidad Española no le obliga a renunciar a la suya originaria (son compatibles).
Le concede no sólo la Ciudadanía Española, si no la europea, lo que le permite viajar y trabajar libremente por toda Europa.
El pasaporte español es el tercero más poderoso en el mundo (tras Japón y Singapur), y le permite viajar a más de 190 países sin necesidad de solicitar ningún tipo de visado.
NUESTRO EQUIPO
JLCA & AS es una firma española con más de 25 años de experiencia formada por Abogados Españoles cualificados y experimentados, así como paralegales y personal administrativo profesional y amable, proporcionando un servicio de calidad.
Estamos preparados para tratar su solicitud de obtención de la Nacionalidad Española por la Nueva Ley de Nietos por teléfono, correo electrónico o videoconferencia, a su elección.
NUESTRAS OFICINAS
Nuestras oficinas propias nos permiten ofrecer una atención personalizada y eficiente para cada uno de nuestros clientes en función de sus circunstancias, cerca de su lugar de residencia.
ESPAÑA
Alicante
Avda. Escandinavia, 72
C.C. Altomar II
03131 Gran Alacant (Alicante)
REINO UNIDO
Londres
Berkeley Square House
Berkeley Square, Mayfair
London, W1J 6BD
Abogado extranjero registrado
Le invitamos a ponerse en contacto con nosotros gratuitamente y sin compromiso para valorar su solicitud de obtención de la Nacionalidad Española a través de la Nueva Ley de Nietos.
LA LEY DE NIETOS RESUMIDA EN UN VÍDEO
Acuerdo del Gobierno Español (9 de julio 2024):
Nos complace informarles que el Consejo de Ministros ha aprobado oficialmente (ayer por la tarde, 9 de julio de 2024) la ampliación del plazo para optar a la Nacionalidad Española a través de la Ley de Memoria Democrática, más conocida como la "Ley de Nietos". Esta prórroga legal, extiende el plazo hasta finales de octubre de 2025, brindando una oportunidad adicional para quienes deseen obtener la Nacionalidad Española:
Esta Noticia tan importante tranquiliza a todos aquellos que ya hayan iniciado su trámite, y anima a aquellos que aún no lo hayan hecho todavía a aprovechar esta extensión del plazo para reunir la documentación necesaria, legalizarla, gestionar el expediente y presentarlo en el consulado correspondiente sin demora alguna.
Para más información pueden ver el video explicativo de nuestra firma de abogados española:
No dejen pasar esta oportunidad única de obtener la Nacionalidad Española. Estamos a su disposición para tramitar su solicitud en cualquiera de nuestras oficinas:
USA: Miami (oficina de representación): +1 786 870 4921
ESP: Madrid-Alicante: +34 96 669 8796
COL: Bogotá: +57 601 5140378
UK: London: +44 20 7190 9911
SUS ABOGADOS EN ESPAÑA
JLCA & AS - LAWYERS – OFICINA DE CONSULTORÍA JURÍDICA EXTRANJERA EN MIAMI
JLCA & AS - Lawyers ha establecido una oficina de Consultoría Jurídica Extranjera en Miami. Nuestro Socio Principal, el Sr. José-Luis Campillo, está certificado por el Florida Bar como Consultor Jurídico Extranjero (FLC# 1052232). Esta certificación permite a nuestra firma proporcionar servicios y asesoramiento en asuntos legales españoles, específicamente en la jurisdicción en la que JLCA Lawyers está autorizado para ejercer, que es España. No proporcionamos asesoramiento ni servicios relacionados con ninguna otra jurisdicción legal. No somos abogados estadounidenses, ni ejercemos el derecho en Florida ni en los Estados Unidos en absoluto.(enlace al Capítulo 16).
FLORIDA BAR - CONSULTORÍA JURÍDICA EXTRANJERA
Las Normas Reguladoras del Florida Bar (RRTFB, por sus siglas en inglés) permiten que abogados extranjeros obtengan la certificación en Florida como Consultores Jurídicos Extranjeros (FLC). Estos FLC están autorizados para brindar orientación y servicios relacionados con las leyes de la jurisdicción en la que están habilitados para ejercer, pero no están autorizados para brindar servicios relacionados con la ley de los Estados Unidos. Esto se rige por el Capítulo 16 de la RRTFB, disponible para consulta (enlace al Capítulo 16).
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