NOTICIAS DE INTERÉS SOBRE LA NUEVA LEY DE NIETOS

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"PUEDEN SOLICITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA TODOS AQUELLOS QUE FUERAN HIJOS O NIETOS DE ESPAÑOLES INCLUSO SI LOS PADRES O ABUELOS NACIERON EN EL EXTRANJERO (NO EN ESPAÑA) Y ADEMÁS NO SE EXIGE QUE TUVIERAN LA CONDICIÓN DE EXILIADOS NI HABER EMIGRADO TRAS 1936".

No hace falta ceñirse a la condición de exiliado ni al periodo de emigración de los abuelos o padres desde 1936 a 1955 para poder solicitar la Nacionalidad Española!! Es decir, puede solicitarlo cualquier persona que fuera descendiente de españoles, que emigraron de España en cualquier momento histórico, incluso aunque sus padres o abuelos hubieran nacido fuera de España!!.

¡¡Se amplía esta oportunidad importantísima a un grandísimo número de personas y descendientes de españoles!!

PRIMER NUEVO SUPUESTO

El Consulado Español, con fecha 08/11/22, siguiendo la Interpretación de la Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia español, amplía el Supuesto 1 de Obtención de la Nacionalidad Española para los hijos y nietos de españoles, y los divide en 2, así Quiénes pueden beneficiarse?

1 A.- LOS NACIDOS FUERA DE ESPAÑA CUYO PADRE/MADRE O ABUELO/ABUELA, SEAN O HAYAN SIDO ORIGINARIAMENTE ESPAÑOLES. El Consulado especifica:

¿Qué significa ser español de origen?

El Código Civil, en sus arts. 17 y siguientes define quiénes son considerados españoles de origen. Para ser considerado originariamente español, NO hace falta haber nacido en España. La legislación española, establece la transmisión de la nacionalidad "Ius Sanguinis" (por la sangre), y por tanto, se consideran españoles los nacidos de padre o madre españoles independientemente de que hayan nacido en España o en el exterior. Ahora bien, en el caso de aquellos nacidos en el extranjero, serán considerados originariamente españoles solo si pueden demostrar que el padre o madre/abuela o abuelo (que emigraron) era español cuando nació el hijo/a (es decir, que no había perdido o renunciado a su nacionalidad por adquirir la nacionalidad del país que emigró.

1 B.- LOS NACIDOS FUERA DE ESPAÑA CUYO PADRE/MADRE O ABUELO/ABUELA, HUBIESEN PERDIDO O RENUNCIADO A LA NACIONALIDAD POR CAUSA DEL EXILIO.

SEGUNDO NUEVO SUPUESTO

Posibilidad de Obtención "de origen" de la Nacionalidad española para todos aquellos hijos que adquirieron su nacionalidad bien por el art. 20 del Código Civil Español (Ley 36/2002), o bien los hijos menores de edad que la obtuvieron por la anterior Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007).

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11 DE NOVIEMBRE 2022 - AUTÉNTICA AVALANCHA DE SOLICITUDES PARA CONSEGUIR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A TRAVÉS DE LA LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA

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Justicia amplia la Ley de Memoria Democrática para que opten a la nacionalidad hasta bisnietos de emigrantes aunque no fueran exiliados. El Gobierno de Sánchez abre el abanico hacia una nacionalización global y no selectiva. No deberá estar siquiera vinculada a la salida de españoles durante la dictadura por motivos de...

MIERCÓLES 9 DE NOVIEMBRE 2022

¡¡¡DESDE EL 14 DE NOVIEMBRE EL CONSULADO DE ESPAÑA EN MIAMI ACEPTA LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS DE LA NUEVA LEY DE NIETOS Y GESTIONA CITAS EN HORARIO DE TARDES!!!

JUEVES 20 DE OCTUBRE 2022

¡LA NUEVA LEY DE NIETOS ENTRÓ EN VIGOR EL VIERNES 21 DE OCTUBRE!

La Ley de Memoria Democrática entró en vigor el viernes 21 de octubre, ya que el día anterior, jueves 20 de octubre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE), 15 días después de su aprobación definitiva por parte del Senado, anunciaron fuentes gubernamentales.

EL VIERNES 21 DE OCTUBRE EMPIEZÓ EL COMPUTO DEL PLAZO DE 2 AÑOS PARA TRAMITAR LA SOLICITUD.

¡NO HAY TIEMPO QUE PERDER!

BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO (Gaceta Oficial) - 20/10/2022

Disposición adicional octava.

Adquisición de la nacionalidad española.

1. Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española, podrán optar a la nacionalidad española, a los efectos del artículo 20 del Código Civil. Igualmente, podrán adquirir la nacionalidad española las personas que se encuentren en los siguientes supuestos:

a) Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.

b) Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.

2. En todos los supuestos, esta declaración deberá formalizarse en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley. Al terminar este plazo, el Consejo de Ministros podrá acordar su prórroga por un año.

Disposición final novena.

Entrada en vigor.

Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.

Madrid, 19 de octubre de 2022.

FELIPE R.

El Presidente del Gobierno, PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN

5 DE OCTUBRE 2022 - EL SENADO APRUEBA DE MANERA DEFINITIVA LA LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA QUE AMPLÍA LOS CASOS PARA LA ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Una de las medidas reparadoras de las personas que sufrieron el exilio que se reconoce en esta nueva Ley es la modificación de la adquisición de la nacionalidad que se recoge en la disposición adicional octava y que asegura que podrán obtener la nacionalidad española los nacidos fuera de España de padres o madres, abuelas o abuelos, exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencia, en la que se da cabida asimismo, en coherencia con los objetivos de esta ley, a los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros, antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978, así como los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ley o en la Ley de Memoria Histórica.

¿ESTOY EN CUALQUIERA DE ESTAS SITUACIONES PARA CONSEGUIR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A TRAVÉS DE LA NUEVA LEY DE NIETOS?

1 - Soy Hijo/a de Español/a, nacido en España, ¿puedo adquirir la Nacionalidad por esta Ley?

SI, sin necesidad de tener que residir en España.

2 - Soy Nieto/a de Español/a, nacido en España, ¿puedo adquirir la Nacionalidad por esta Ley?

SI, sin necesidad de tener que residir en España.

3 - Soy Hijo de Madre Española, nacida en España, que perdió su Nacionalidad antes de 1978, al casarse con un extranjero en otro país, ¿puedo adquirir la Nacionalidad por esta Ley?

SI, sin necesidad de tener que residir en España.

4 - Soy hijo mayor de edad, de español (da igual que fuera nacido en España al padre/madre), que no pude nacionalizarme con la anterior Ley de 2007 de Memoria Histórica en España, pero mis hermanos si lo hicieron al ser menores de edad en este momento; ¿puedo adquirir la Nacionalidad por esta Ley?

SI, sin necesidad de tener que residir en España.

5 - Mi padre se nacionaliza español con esta nueva Ley de Nietos; ¿puedo adquirir la Nacionalidad Española?

SI, sin necesidad de tener que residir en España.

6 - Soy Biznieto de Español nacido en España, mi padre adquiere la Nacionalidad por esta Nueva Ley de Nietos, ¿puedo yo durante el periodo de vigencia de esta nueva Ley adquirir la Nacionalidad Española?

SI, sin necesidad de tener que residir en España.

7 - Mi esposo/a, ¿pueden adquirir la Nacionalidad Española si yo la adquiero con esta Nueva Ley?

SI pero con trámite de Residencia únicamente de 1 año en España (normalmente son 2 años de residencia para Latinoamericanos y 10 para resto del mundo, por ejemplo Ciudadanos Americanos, Rusos, Chinos, etc.).

29 DE SEPTIEMBRE 2022 - LA NUEVA LEY DE NIETOS DA UN PASO MÁS PARA SU APROBACIÓN DEFINITIVA

La Comisión Constitucional del Senado ha aprobado este jueves el proyecto de ley de Memoria Democrática, rechazando los vetos presentados por el PP, Vox, Ciudadanos y UPN. De este modo, la norma da un paso más para su aprobación definitiva, que se producirá previsiblemente la semana que viene en el Pleno de la Cámara Alta...

14 DE JULIO 2022 - CRÓNICAS DE LA EMIGRACIÓN

El proyecto de ley pasará por el Senado y podría quedar aprobado en septiembre. El pleno del Congreso aprueba la Ley de Memoria que permitirá recuperar la nacionalidad a los nietos de españoles. La Ley de Memoria Democrática ha conseguido la luz verde del...

1 DE JULIO 2022 - EVTV

Nietos e hijos de españoles podrían reclamar nacionalidad. Miles de cubanos, venezolanos y otros orígenes aguardan por obtener la nacionalidad de sus abuelos o padres y este jueves 14 de julio, el pleno del Congreso de España pudiera votar el Proyecto...

4 DE JULIO 2022 - EL MUNDO

La Comisión Constitucional del Congreso ha aprobado este lunes el proyecto de Ley de Memoria Democrática con el respaldo del PSOE, Unidas Podemos, el PNV y EH Bildu, frente al no del PP, Vox y Ciudadanos. ERC ha optado por la abstención porque le sigue pareciendo insuficiente...

4 DE JULIO 2022 - EL ESPAÑOL

La futura Ley de Memoria Democrática sólo investigará crímenes ocurridos hasta 1978, el año en el que entró en vigor la Constitución. No obstante, un grupo de expertos analizará "técnicamente" las supuestas vulneraciones de derechos humanos hasta el 31 de...

4 DE JULIO 2022 - ABC

El texto ha salido adelante en comisión parlamentaria con el concurso de socialistas, Bildu, Unidas Podemos, el PNV y los independentistas de Esquerra, mientras que el PP, Vox y Cs han votado en contra. Los acuerdos que ha ido trabando el PSOE para sacar adelante la...

4 DE JULIO 2022 - LA COMISIÓN CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO HA APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA

La Comisión Constitucional del Congreso ha aprobado este lunes día 4 de julio, el proyecto de Ley de Memoria Democrática, con la intención de que llegue al Senado este mismo mes de julio y se pueda completar toda la tramitación parlamentaria en otoño. La norma deberá aún aprobarse en el Pleno del Congreso de los Diputados. El Gobierno ya tiene amarrada una mayoría a su favor; por lo que si no hay sorpresas, la conocida como "Ley de Nietos", podría entrar en vigor en octubre de este año 2022, y solicitar la nacionalidad española todos los descendientes de españoles que perdieron dicha condición, lo que es una oportunidad histórica.

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